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jueves, 28 de marzo de 2013

MATRIMONIO GAY: UN DERECHO CIVIL


Por Leonardo Parrini

El matrimonio gay que debate en estos momentos la Corte Superior de Justicia de los EE.UU, ha puesto en el tapete de la discusión un asunto polémico y frente al cual amerita precisar ciertas aristas. La sexualidad humana se manifiesta en una diversidad natural que posibilita múltiples expresiones. Una mirada didáctica al tema permite ver que la sexualidad tiene aspectos que no deben confundirse, como la estructura y función de la genitalidad. El perfil de lo masculino o lo femenino, dado por la posesión de un pene o una vagina, no necesariamente condiciona la identidad sexual por la funcionalidad de estos órganos. La diversidad funcional de la genitalidad se expresa en una alternancia de las características de los roles sexuales y vitales. Ser gay, lesbiana, bisexual o transexual no es solamente una manera de asumir un género o una orientación sexual, sino una forma de vivir y de percibir la realidad.  

La discusión sobre de la legalización del matrimonio gay que hoy cobró actualidad debe considerar aspectos como premisas básicas del debate. En primer lugar, se debe tomar en cuenta que las costumbres crean jurisprudencia, es decir, se legisla para normar lo ya existente en la práctica social. Las leyes se crean o modifican en base de los antecedentes que generan las relaciones humanas consuetudinarias. En tal sentido, la homosexualidad da lugar a figuras legales que rijan sus prácticas inherentes, como el matrimonio gay y la formación de una familia.  

Las condiciones naturales de la sexualidad deben abrir el abanico de posibilidades y permitir, en la unidad de la diversidad humana, la necesaria tolerancia para viabilizar una convivencia armónica de hombres y mujeres. Colectivos o sujetos gay, lesbianas o bisexuales no pueden ser discriminados por su orientación sexual asumida en el ejercicio del derecho a elección de las múltiples alternativas que la vida ofrece a cada ser humano, menos a cuenta de una predeterminada normativa moral. En esa línea de pensamiento, la sexualidad de un individuo refleja una selección natural no susceptible de ser condicionada, a priori, por un deber ser.

Es preciso reconocer que el contrato matrimonial es un derecho civil inalienable que no se lo puede negar a nadie. En el Ecuador existe la unión de hecho entre personas del mismo sexo, y desde que se aprobó la Constitución del 2008 casi no hay parejas homosexuales que acudan a un tribunal para legalizar su situación. El caso más sonado de un matrimonio gay ocurrió en diciembre del 2010 con el casamiento que se celebró en Quito entre el ecuatoriano Hugo Vera y el inglés Joey Hateley, “un hombre y una mujer, legal y biológicamente hablando; pero un hombre y un hombre, desde un amparo constitucional”.

El tema de fondo

En el fondo del debate, las aguas se agitan en otros sentidos. Cuando se discute el matrimonio gay no se debate sólo una ley o su vigencia, se debate lo que sanciona o legitima esa ley. Es allí donde la polémica cambia de andarivel y pasa del terreno jurídico al moral. Surgen voces moralizantes que ven demonios en todo lugar y que excluyen prácticas que no comprenden, contradiciendo la propia diversidad de la vida.

El rechazo a homosexuales y lesbianas es un atentado a la condición identitaria de una persona. No hay ninguna diferencia entre eliminar a un gay, a un comunista o a un católico, por el sólo hecho de negarles su identidad dentro del entramado social. La sociedad permite iniquidades sociales y económicas, pero rechaza las diversidades sexuales basadas en las preferencias personales. Se condena el atropello de libertades políticas, empresariales o de expresión, pero se admite la represión contra las personas que exhiben una definición sexual distinta.

Cierto es que el matrimonio no garantiza la estabilidad de la relación en pareja, como tampoco sucede aun en los matrimonios heterosexuales. En conformidad, lo que se debe discutir en referencia al matrimonio gay, no es la figura legal y la forma contractual que ésta adopta, sino el derecho de la persona a decidir el comportamiento sexual. El derecho a ser diverso y, por lo mismo, incluido en el núcleo de una sociedad que rasga vestiduras por las libertades y garantías constitucionales.

Temas como la aceptación del matrimonio gay, la conformación familiar entre personas de un  mismo sexo, la adopción de menores por parejas homosexuales o la legalización del aborto, forman parte de los derechos y las libertades humanas tan proclamadas en la sociedad posmoderna. Estas prácticas sociales consuetudinarias deben determinar la existencia de una nueva legislación, como en su momento lo hicieron otras costumbres o aspiraciones sociales que enriquecieron la lista de los derechos humanos y su consecuente defensa. El voto femenino, la libertad de asociación y expresión, la libertad de cultos, entre otras, son fruto de la lucha de la humanidad por la tolerancia y el respeto a los derechos civiles.

En Ecuador el 98% de los homosexuales no es visible, es decir, ni siquiera pueden reconocer su condición en su propio hogar. La discriminación y homofobia es una realidad tangible entre los ecuatorianos. El hombre a nombre de ningún precepto moral puede convertirse en lobo del hombre. La humanidad avanza hacia una mejor convivencia humana derribando las barreras que nos separan, los prejuicios que nos excluyen, las políticas que nos marginan como flagrantes atentados a la diversidad, principio fundamental de la vida.

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