Por Leonardo Parrini
El matrimonio gay que debate en estos momentos la Corte Superior de Justicia
de los EE.UU, ha puesto en el tapete de la discusión un asunto polémico y
frente al cual amerita precisar ciertas aristas. La sexualidad humana se
manifiesta en una diversidad natural que posibilita múltiples expresiones. Una
mirada didáctica al tema permite ver que la sexualidad tiene aspectos que no
deben confundirse, como la estructura y función de la genitalidad. El perfil de
lo masculino o lo femenino, dado por la posesión de un pene o una vagina, no
necesariamente condiciona la identidad sexual por la funcionalidad de estos
órganos. La diversidad funcional de la genitalidad se expresa en una
alternancia de las características de los roles sexuales y vitales. Ser gay, lesbiana, bisexual o transexual no es
solamente una manera de asumir un género o una orientación sexual, sino una
forma de vivir y de percibir la realidad.
La discusión sobre de la legalización del matrimonio gay que hoy cobró
actualidad debe considerar aspectos como premisas
básicas del debate. En primer lugar, se debe tomar en cuenta que las
costumbres crean jurisprudencia, es decir, se legisla para normar lo ya
existente en la práctica social. Las
leyes se crean o modifican en base de los antecedentes que generan las relaciones
humanas consuetudinarias. En tal sentido, la homosexualidad da lugar a figuras
legales que rijan sus prácticas inherentes, como el matrimonio gay y la formación
de una familia.
Las condiciones naturales de la sexualidad deben abrir el abanico de posibilidades
y permitir, en la unidad de la diversidad humana, la necesaria tolerancia para viabilizar
una convivencia armónica de hombres y mujeres. Colectivos o sujetos gay,
lesbianas o bisexuales no pueden ser discriminados por su orientación sexual
asumida en el ejercicio del derecho a elección de las múltiples alternativas
que la vida ofrece a cada ser humano, menos a cuenta de una predeterminada
normativa moral. En esa línea de pensamiento, la
sexualidad de un individuo refleja una selección natural no susceptible de ser
condicionada, a priori, por un deber ser.
Es preciso reconocer que el contrato matrimonial es un derecho civil
inalienable que no se lo puede negar a nadie. En el Ecuador existe la
unión de hecho entre personas del mismo sexo, y desde que se aprobó la
Constitución del 2008 casi no hay parejas homosexuales que acudan a un tribunal
para legalizar su situación. El caso más sonado de un matrimonio gay ocurrió en
diciembre del 2010 con el casamiento que se celebró en Quito entre el
ecuatoriano Hugo Vera y el inglés Joey Hateley, “un hombre y una mujer, legal y
biológicamente hablando; pero un hombre y un hombre, desde un amparo
constitucional”.
El tema de fondo
En el fondo del debate, las aguas se agitan en otros sentidos. Cuando se
discute el matrimonio gay no se debate sólo una ley o su vigencia, se debate lo
que sanciona o legitima esa ley. Es allí donde la polémica cambia de andarivel
y pasa del terreno jurídico al moral. Surgen voces moralizantes que ven
demonios en todo lugar y que excluyen prácticas que no comprenden,
contradiciendo la propia diversidad de la vida.
El rechazo a homosexuales y lesbianas es un atentado a la condición
identitaria de una persona. No hay ninguna diferencia entre eliminar a un gay,
a un comunista o a un católico, por el sólo hecho de negarles su identidad
dentro del entramado social. La sociedad permite iniquidades sociales y económicas, pero
rechaza las diversidades sexuales basadas en las preferencias personales. Se
condena el atropello de libertades políticas, empresariales o de expresión, pero
se admite la represión contra las personas que exhiben una definición sexual
distinta.
Cierto es que el matrimonio no garantiza la estabilidad de la relación en
pareja, como tampoco sucede aun en los matrimonios heterosexuales. En conformidad, lo
que se debe discutir en referencia al matrimonio gay, no es la figura legal y
la forma contractual que ésta adopta, sino el derecho de la persona a decidir
el comportamiento sexual. El derecho a ser diverso y, por lo mismo, incluido en
el núcleo de una sociedad que rasga vestiduras por las libertades y garantías
constitucionales.
Temas como la aceptación del matrimonio gay, la conformación familiar
entre personas de un mismo sexo, la
adopción de menores por parejas homosexuales o la legalización del aborto, forman
parte de los derechos y las libertades humanas tan proclamadas en la sociedad posmoderna. Estas prácticas sociales consuetudinarias deben determinar la existencia de una nueva legislación, como en su momento lo
hicieron otras costumbres o aspiraciones sociales que enriquecieron la lista de
los derechos humanos y su consecuente defensa. El voto femenino, la libertad de
asociación y expresión, la libertad de cultos, entre otras, son fruto de la
lucha de la humanidad por la tolerancia y el respeto a los derechos civiles.
En Ecuador el 98% de los
homosexuales no es visible, es decir, ni siquiera pueden reconocer su condición en su propio hogar. La discriminación y homofobia es una realidad tangible entre los
ecuatorianos. El hombre a nombre de
ningún precepto moral puede convertirse en lobo del hombre. La humanidad avanza
hacia una mejor convivencia humana derribando las barreras que nos separan, los
prejuicios que nos excluyen, las políticas que nos marginan como flagrantes atentados
a la diversidad, principio fundamental de la vida.
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