GRANDES TEMAS - GRANDES HISTORIAS

E c u a d o r - S u d a m é r i c a

jueves, 16 de agosto de 2012

EL LEÓN BRITÁNICO



Escudo británico

Por Leonardo Parrini

El impasse diplomático surgido entre Ecuador e Inglaterra por la presencia de Julian Assange en la embajada ecuatoriana en Londres, -y su petición de asilo político-, ha puesto en el tapete internacional una vieja discusión entre lo político y lo jurídico. ¿Qué fue primero el huevo o la gallina?

Además de aquella clásica interrogante, surgen otras en torno al caso Assange, como callejones sin salida. ¿Debe supeditarse la norma jurídica a los principios políticos? ¿Las leyes internas de un  país están por sobre sus acuerdos internacionales, suscritos en convenios multilaterales o viceversa?

En principio debe quedar claro que el asilo es un asunto de orden político, relacionado con el reconocimiento a los derechos humanos amparados en convenios multinacionales, incluida la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la ONU, suscrita por todos las naciones del mundo, sin excepción.

Esto quiere decir que, tanto la petición como la aceptación de asilo, responden a causas eminentemente políticas inherentes al derecho de una persona a buscar refugio en cualquier país del mundo, por el hecho de sentirse perseguido por sus ideas, credos, convicción u opinión de orden político o religioso. Solicitar asilo es un acto político, aceptarlo o negarlo es otro acto político, equivalente, como potestad del peticionario y del país que lo acoge.

Si el asilo es un acto político ¿qué consideraciones jurídicas deben ser tomadas en cuenta para conceder o no el amparo al demandante del asilo? En esto el derecho de asilo es claro: no puede un prófugo de la justicia ordinaria solicitar asilo o quién, con sus actos, contravenga los códigos penales del país que supuestamente lo persigue.

Los escenarios posibles
Inglaterra amparada en sus leyes internas que hace prevalecer por sobre el derecho al asilo que también suscribe, se reserva la potestad de ingresar con la fuerza pública en las instalaciones de la embajada ecuatoriana en Londres y arrestar a Julian Assange para entregarlo a las autoridades suecas que lo reclaman por supuestos delitos sexuales. En este caso, el país europeo apela a su Ley de Recintos Diplomáticos y Consulares de 1987, que le permite revocar el estatus diplomático de una embajada en territorio británico, lo que potencialmente le permitiría a la policía ingresar a la embajada ecuatoriana para arrestar a Assange.

Donald Rothwell, profesor de derecho internacional en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Australia, quien ha comentado sobre el tema de Assange, opina que "En sentido literal, probablemente diría que es una violación del derecho internacional porque la embajada tiene o no tiene la inviolabilidad y la inmunidad de la que goza como embajada legítima. Y nadie está sugiriendo de ningún modo que los ecuatorianos no tienen una presencia diplomática legítima en Reino Unido que es respetada bajo la Convención de Viena".

Los escenarios posibles para la suerte de Julian Assange estan claros. Inglaterra ha negado anticipadamente el salvoconducto al australiano para salir de la embajada y embarcarse en un avión con destino a Quito. Eso implica la detención inmediata de Assange cuando pise territorio británico, la extradición a Suecia y su envio a los EEUU para ser juzgado por espionaje, delito que en ese país se paga con la pena de muerte. Inglaterra tiene como opción extrema ingresar a la embajada y sacarlo de acuerdo con sus leyes interna antes mencionadas.  Esto podría suceder una vez que el Ecuador conceda el asilo y Assange viva indefinidamente en la embajada.

Un titular de prensa el día de hoy resulta premonitorio: Assange no podrá llegar a Quito. De ser así, se derrumban los conceptos de libertad de expresión, amparado en los cuales Assange difundió los WekiLeaks. Junto a ellos, se desploma en entredicho la figura del asilo político como un derecho humano esencial. Además, quiere decir que las decisiones internas de un país priman sobre sus acuerdos internaciones. La interrogante de cajón es: En qué mundo vivimos, cuánto avanzó la humanidad en materia de convivencia internacional, si vale más lo que impongo unilateralmente sobre lo que propongo y suscribo en los foros mundiales. La respuesta es una sola: vivimos en un mundo regido por la ley de la selva, donde el más fuerte, el león británico, se siente con derecho que le otorga su fuerza para doblegar nuestra voluntad soberana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario