Por Leonardo Parrini
Silenciado el fragor de los combates de la
Segunda Guerra Mundial, las potencias capitalistas que se arrogaron la victoria
de este lado del planeta, proclamado dos principios básicos como pilares del inédito
orden geopolítico que se organizó bajo la lógica del nuevo reparto del mundo:
liberar las fuerzas productivas del imperativo bélico y dedicarse a fabricar objetos
de consumo masivo; y proclamar derechos humanos basados en las necesidades políticas
del momento, poniendo énfasis en las libertades e igualdades de corte liberal. Hoy, 10 de diciembre, que se cumple una nueva efeméride de la Declaración Universal
de los Derechos Humanos proclamada en 1948 por la ONU, el club de naciones triunfantes en
el conflicto bélico mundial, la fecha amerita algunas reflexiones.
Llama la atención que la declaración de la ONU
haya sido emitida en los precisos momentos en que el mundo entraba de lleno en una
guerra fría, confrontación entre los dos
sistemas sociales imperantes, sin disparar un solo tiro –y que, no obstante- tales
derechos estaban supeditados a temas de seguridad nacional y continental. Se diría
que las naciones capitalistas occidentales agrupadas en la ONU, redactaron la declaración
con dedicatoria en contra del grupo de países alineados con el sistema
socialista de oriente, considerado en ese entonces atentatorio a las libertades
y a la aspiracional idea de igualdad social, inspiradas en la proclama emergente
de libertad, igualdad y fraternidad de
la naciente clase burguesa en los albores del capitalismo en Francia.
No es entonces de extrañar que de los treinta
acápites del articulado de la Declaración de la ONU, veinticinco aluden a derechos
políticos y jurídicos de las personas, es decir, a una normativa llamada a defender
libertades individuales, de culto, desplazamiento, opinión, elección etc., asociaciones
y garantías frente a los sistemas de justicia. En esa línea, los Derechos
Humanos fueron considerados, en su primer momento, preferentemente como un
estatus político inalienable de la persona, mas no como una realidad económica
inherente al bienestar social y colectivo. Sólo
a partir del artículo 25, la Declaración de la ONU hace alusión a derechos
tangibles como el trabajo, salud, educación, cultura, alimentación, vivienda, seguros,
etc. sin mencionar quienes deben ejercer esos derechos y quienes son los grupos
beneficiarios de prioridad.
Sin embargo, a la vuelta de la esquina y en
plena guerra fría de los años cincuenta, los treinta artículos de la Declaración
de los DDHH de la ONU, comenzaron a ser persistentemente violados por las mismas
naciones que los suscribieron en la pomposa declaración de Washington. Violaciones
que se hicieron cada vez más graves, en la medida de que los enfrentamientos sociales
recrudecieron bajo regímenes dictatoriales de claro corte fascista imperantes
en varios países del globo en las décadas venideras de los setenta y ochenta.
DDHH
en Ecuador
Una estadística publicada
por la Comisión Ecuménica de los Derechos Humanos, CEDHU, menciona que en
Ecuador “preocupa la permanencia de las violaciones a la integridad personal, a
una vida sin violencia y el mismo derecho a la vida. Hechos que ocurren
principalmente en contra las mujeres y se reflejan en los registros de
femicidios”. El comunicado emite cifras tales como “88 femicidios en 15 provincias,
de los cuáles 21 ocurrieron en la provincia del Guayas y 13 en Pichincha,
seguido de Santo Domingo con 8 casos, Manabí y Azuay con 7 muertes en cada una,
en El Oro e Imbabura se registraron 5, en Cotopaxi, Chimborazo, Esmeraldas y
Los Ríos con menos casos; y en Pastaza y Sucumbios reportan un solo caso
cada una.” El boletín de prensa de la CEDHU se hace cargo de “la brutal represión
ejercida a mediados de septiembre, durante una manifestación social que en
principio era pacífica. En dos días fueron detenidas 276 personas,
especialmente estudiantes, y cien de ellas fueron llevadas ante un juez”.
No obstante,
el hecho de que en un determinado país no se detenga a nadie, no se torture a
las personas, ni se las haga desaparecer, no significa que en ese país se está cumpliendo,
cabalmente, el ejercicio de derechos humanos. Si nadie dice nada contra la
miseria, la pobreza, la falta de oportunidades, la carencia de servicios básicos
de salud, educación, alimentación, vivienda, etc., significa que hay un derecho
económico y social desatendido con una evidente complicidad política que subyace
detrás.
Nuevos
derechos
Tardarían cinco décadas para que en América
Latina, luego de la oscura década dictatorial de los años setenta, los derechos
políticos y jurídicos individuales se asienten sobre bases concretas, señalándose
con claridad la defensa de dichos derechos. Y pocos años más tarde, en los albores
del nuevo milenio, los derechos humanos adquieren un sentido social y tangible.
Se habla a partir de entonces de derechos colectivos, haciendo alusión al
derecho a la vida, al buen vivir, es decir al bienestar material consecuente del
equitativo acceso a servicios básicos proporcionados por el Estado como salud, educación,
vivienda, conectividad, cultura, tecnología, entre otros. Y aquella tangibilidad de los derechos se hace
extensiva, en el caso del Ecuador, a la naturaleza y se proclama su prerrogativa
a ser restaurada y respetada como sujeto activo de derechos.
En tal sentido, la Constitución política ecuatoriana
del 2008 señala que Ecuador es “un Estado
constitucional de derechos y justicia, social, democrático, intercultural,
plurinacional y laico”. Su deber primordial es garantizar, sin
discriminación alguna, el efectivo goce de los derechos humanos establecidos en
la Carta Magna y en instrumentos internacionales. El país se convierte así en
paradigma universal de los derechos humanos colectivos y de la naturaleza, ubicándose
la nación sudamericana como pionera en la avanzada lucha por estos derechos. Ecuador,
en aplicación de los enunciados constitucionales, da un paso más al
vincular el cumplimento y satisfacción de los derechos humanos, con el uso
responsable y sostenible de los recursos naturales, proclamados como fuente económicas
para la concreción de los derechos al bienestar colectivo del buen vivir. La declaración
y disposición constitucional se convierte, finalmente, en política pública de
los sectores estratégicos con el dictamen de leyes y decretos para la aplicación
de dichos principios garantistas de los derechos colectivos y naturales, a través de obras de inversión social.
En constraste, una nota de prensa de la agencia Andes, señala: Este 9 de mayo, en el prestigioso salón Monnerville del Senado de
Francia, la Embajada del Ecuador y la Delegación Permanente ante la
UNESCO, expusieron el Informe Nacional presentado el 21 de mayo
próximo en el Consejo de Derechos Humanos en el marco del Examen
Periódico Universal. Tanto el académico francés Bernard Cassen como el auditorio saludaron
el hecho de que en el Ecuador el compromiso de respeto y promoción de
los derechos humanos no se ha quedado en una mera declaración de
intenciones, sino que ha sido llevado a la práctica a través de
políticas públicas amparadas en un nuevo marco constitucional y legal.
La revelación de cifras e índices confirmaban la notable mejora en la
situación de los derechos del buen vivir en nuestro país, lo que fue
elogiado por la audiencia." Ecuador
de este modo, conmemora el Día Universal de los Derechos Humanos como una de las naciones más avanzadas del mundo en la proclamación,
aplicación y defensa de los derechos humanos. Un pequeño David en la desigual lucha
contra la injusticia social, política y económica, producto de la execrable violación
de los derechos humanos.
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